La cancelación y suspensión de espectáculos de danza, circo y artes de calle, así como de otras actividades relacionadas con espacios escénicos y de creación, colocan al sector cultural en una posición crítica. Si no se toman medidas urgentes, se corre el riesgo de que estos sectores no sobrevivan a la situación de crisis actual ni puedan recuperarse en un futuro cercano. El periodo de afectación por la crisis del COVID-19 coincide con los meses de máxima actividad e implica pérdidas anuales que podrían llegar o superar el 80% de la facturación prevista. Las asociaciones de profesionales de los sectores del Circo, la Danza y las Artes de calle han propuesto a las administraciones una serie de medidas urgentes para afrontar esta situación.

 

Foto superior: CircoRed/Mai Ibaurgüen. Cía. Pistacatro

 

El trabajo ha sido coordinado por la Federación de Asociaciones de Profesionales de Circo de España (CircoRed), la Federación Estatal de Compañías y Empresas de Danza (FECED), la Federación Española de Escuelas de Circo SocioEducativo (FEECSE) y PATEA, Artes de Calle Asociadas, junto a la jurista especializada, Eva Moraga.  El documento de medidas específicas para el sector cultural se entregó al Ministerio de Cultura y Deporte el pasado lunes 23 de marzo para su consideración y estudio.

 

En este documento se expone por qué las medidas que se han aprobado estos días y en sucesivos decretos, no se adecúan a la realidad del sector de la danza, el circo y las artes de calle y no tienen en cuenta las particularidades del sector cultural: la intermitencia, la irregularidad de la actividad y de los ingresos y su mínima capacidad de endeudamiento futuro incapaz de encajar en la línea de avales anunciada. Se presume que los profesionales autónomos están dados de alta de manera continua y regular, cosa que no es así en muchos casos dado que su actividad es intermitente, y se parte de una idea concreta de empresa: aquella que mantiene una estructura fija de personal en el tiempo y con contratos estables. Sin embargo, bailarines y bailarinas, artistas de circo, profesionales de la música, cantantes, actores y actrices, son contratados por cuenta ajena en el Régimen Laboral Especial de Artistas cuando tienen que ensayar y actuar. Fuera de esos períodos, no están contratados laboralmente ni dados de alta como autónomos.

 

Desde que el pasado 18 de marzo, el Ministerio de Cultura solicitara a las diferentes asociaciones del sector cultural estudiar la adecuación de las medidas urgentes extraordinarias promulgadas con carácter general para hacer frente al impacto social del COVID-19 recogidas en los reales decretos 7/2020 y 8/2020, se ha evidenciado por parte de estas asociaciones las graves consecuencias económicas y estructurales para el sector profesional de las artes escénicas que ha visto totalmente paralizada su actividad –de manera similar a muchos otros profesionales de la cultura en general–, ante una situación de incertidumbre en relación a cuándo podrá retomarse la actividad y sin contar, por el momento, con medidas de apoyo específicas.

 

Danza, circo y artes de calle reclaman medidas específicas para su sector en Madrid
TEATRO DE CALE MERIKO GVILLAMIL

 

MEDIDAS DE EXTREMA URGENCIA QUE SE SOLICITAN DESDE EL CIRCO, LA DANZA Y LAS ARTES DE CALLE

Hasta la fecha, las medidas propuestas generan problemas de ejecución e implementación en el circo, la danza y las artes de calle y no prevé situaciones que son de especial incidencia en estas actividades profesionales. Por todo ello, desde estos sectores se demanda que se modifique el Real Decreto 463/2020 para aclarar que los autónomos cuya actividad esté relacionada con la danza y el circo y artes de calle puedan beneficiarse automáticamente de la prestación extraordinaria por cese de actividad sin necesidad de que se tenga que acreditar una reducción de la facturación del 75%.

 

Además, que se apruebe un fondo de emergencia para aquellos autónomos y trabajadores por cuenta ajena que no se encontraban de alta en el momento de la declaración del estado de alarma y un fondo de emergencia de ayudas directas a empresas, empresarios y profesionales autónomos que cubra el pago de una indemnización del 100% de los contratos cancelados por causa de fuerza mayor; los préstamos y créditos que venzan durante el estado de alarma y al menos durante 6 meses más hasta que se vuelva a la normalidad; y el pago de alquileres de locales y oficinas afectos a la actividad.

 

Por otro lado, que se concreten fechas ciertas para los contratos y compromisos de contratación que han quedado suspendidos y se arbitre la fórmula legal adecuada para el pago por adelantado de la totalidad de los contratos o compromisos de contratación; o se realicen abonos a cuenta de las operaciones preparatorias para su ejecución de al menos un 90% del importe acordado; que se paguen urgentemente por las entidades del sector público los contratos ya ejecutados y facturados; y se abonen las ayudas concedidas pendientes de pago; y se suspendan, para los sectores de la danza y el circo, todos los plazos tributarios, incluidos los plazos para la presentación de declaraciones y autoliquidaciones tributarias y se exonere del pago de las cotizaciones sociales a aquellas empresas y autónomos que continúen con trabajadores/as por cuenta ajena contratados/as.

 

Por último, que se aprueben condiciones y requisitos específicos adaptados a las circunstancias reales de ambos sectores para las líneas de avales a la financiación concedida por entidades financieras y de crédito a empresas y autónomos para el caso de que no se aprueben ayudas directas a estos efectos o no les sean aplicables las condiciones y requisitos hasta ahora establecidos.

 

Más información:

Texto completo de medidas remitidas al Ministerio de Cultura por FECED, CircoRed, FEECSE y PATEA: https://bit.ly/33Y0ehM